jueves, 15 de diciembre de 2016

Policiales


Buscan endurecer el régimen de salidas transitorias y beneficios carcelarios y las autoridades penitenciarias ya advierten sobre posibles motines

La Cámara de Senadores de la Nación aprobará antes de fin de año el proyecto de ley que endurece el régimen del cumplimiento de las penas de los presos al limitar las excarcelaciones.

El tema preocupa a las autoridades penitenciarias bonaerenses ya que durante las últimas semanas se pudo corroborar el descontento de los detenidos en penales y existen informes que dan cuenta de posibles protestas y hasta se menciona la posibilidad de motines.

Con esta medida se elimina virtualmente la posibilidad de salir en libertad condicional ya que ahora los jueces deberán analizar los informes psicológicos y el testimonio de la víctima antes de proceder a otorgar la libertad a los procesados.

“Ya no habrá más libertades otorgadas a ciegas sin tener, por ejemplo, el registro criminal del procesado y sin escuchar a la víctima”, afirmó la massista Mónica Litza, una de las autoras de la iniciativa. 

La propuesta restringe las salidas transitorias y la libertad condicional, así como también limita las posibilidades de incorporación al régimen de semilibertad (trabajar fuera de la cárcel durante el día y regresar al penal por la noche).



El nuevo protocolo de libertad

Antes de resolver la libertad de un detenido, el juez estará obligado, si se aprueba la reforma,  a considerar nueve pasos:

1. El historial criminal completo del imputado, que debe contener, entre otros datos relevantes, el informe del Registro Nacional de Reincidencia.

2. El historial psicológico, médico y psiquiátrico si correspondiere.

3. El historial de violencia de género, contra la mujer y familiar en el fuero de Familia y/o cualquier otro fuero donde lo tuviere.

4. La recomendación del fiscal interviniente y de la parte querellante.

5. La recomendación del Servicio Penitenciario a través de los organismos pertinentes.

6. La información y opinión aportada por la víctima o las asociaciones de víctimas que la representen y que hayan ejercido su derecho a ser oídas.

7. El informe de campo completo, en especial, visita al domicilio propuesto para residencia, al grupo familiar o contenedor, y al posible empleador si lo hubiere.

8. Los datos emergentes del Registro Nacional de Medidas de Coerción.

9. Reunidos los elementos anteriores el juez debe realizar una audiencia de contacto y evaluación con el imputado antes de resolver su libertad.



(Hora 22)

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