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Foto: El Día |
La Corte Suprema de Justicia frenó el aumento de gas para los ciudadanos residenciales: los argumentos que dieron los jueces para tomar una decisión de forma unánime
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y le puso un freno al aumento de gas dispuesto por el gobierno de Cambiemos para los usuarios residenciales.
Por unanimidad, los integrantes del máximo tribunal de justicia dispusieron retrotraer las tarifas al esquema que estaba vigente antes de los aumentos establecidos por el Ministerio de Energía hasta que se realicen las audiencias públicas obligatorias establecidas por ley.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti coincidieron en especificar que la audiencia es un requisito obligatorio que no puede ser inobservado por las autoridades en el proceso de readecuación tarifaria.
Los magistrados aclararon que la tarifa social para los sectores más necesitados continuará vigente y advirtieron al Congreso de la Nación que es necesario cubrir el cargo de Defensor del Pueblo de la Nación, que se encuentra vacante desde 2009.
En cuanto a la realización de la audiencia pública, subrayó que "es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas".
La Corte remarcó que "el fundamento es el artículo 42 de la Constitución que prevé la participación de los usuarios en los servicios públicos, la democracia republicana, el derecho a la información y la ley 24.076 aplicable al caso".
En ese sentido, consideró que "la información, debate y decisión fundada son partes del proceso de la decisión que se adopta en el momento", y afirmó que "por esta razón no es válido fundarse en una audiencia del año 2005 para una decisión que se adopta en el año 2016, ni una medida transitoria hasta tanto se celebre una audiencia".
Fuentes: El Día, Infobae
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