lunes, 23 de enero de 2017

Política


ART: la modificación a la ley ya cuenta con media sanción del Senado

El gobierno nacional modificó hoy, a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), la ley que rige las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y dispuso “la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales” como “la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente” que determinará si un trabajador puede o no iniciar una acción judicial para conseguir una indemnización por enfermedad o incapacidad.

La medida, enmarcada en el proyecto oficial que ya cuenta con media sanción del Senado, fue publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante el decreto 54/2017, que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri y la mayoría de los ministro del gabinete nacional.

El cambio de planes del Gobierno, que evitó seguir la vía legislativa molestó a la CGT que pensaba incluso pedir algunos cambios complementarios en Diputados y ahora no podrán hacerlo.

Además, desde la central obrera, objetaron el carácter de necesidad y de urgencia de la norma, por lo que entienden que le cabe una presentación de inconstitucionalidad al DNU, situación que empieza a tensar la cordial relación que hasta ahora tuvo con el oficialismo.


De qué trata la modificiación

Según el texto publicado este lunes en el Boletín Oficial, esas Comisiones “constituirán la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo“.

“El trabajador tendrá opción de interponer recurso contra lo dispuesto por la Comisión Médica Jurisdiccional ante la justicia ordinaria del fuero laboral de la jurisdicción provincial o de la Ciudad de Buenos Aires, según corresponda al domicilio de la Comisión Médica que intervino”, detalló.

Además, el Gobierno explicó que la Comisión Médica Jurisdiccional “deberá expedirse dentro de los 60 días hábiles administrativos, contados a partir de la primera presentación debidamente cumplimentada, y la reglamentación establecerá los recaudos a dichos efectos”.

“Dicho plazo será prorrogable por cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas”, aclaró.

Asimismo, fue creado el “Autoseguro Público Provincial” destinado a que las provincias y sus municipios y la Ciudad de Buenos Aires “puedan autoasegurar los riesgos del trabajo definidos en la Ley N° 24.557, respecto de los respectivos regímenes de empleo público local, de acuerdo a lo que establezca la Superintendencia de Riesgos del Trabajo”.

Para acceder al Autoseguro, “cada jurisdicción deberá garantizar la existencia de una estructura suficiente para el adecuado otorgamiento de las prestaciones en especie de la Ley, de acuerdo con las condiciones y requisitos que establezca la Superintendencia de Riesgos del Trabajo”, de acuerdo con lo dispuesto.


(Hora 22)



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