¿SE PUEDEN HACER MODIFICACIONES A LOS
CRITERIOS DE NOTICIABILIDAD YA EXISTENTES?
Los criterios de noticiabilidad son formas
de clasificaciones periodísticas que, en su relación con diversos sucesos
cotidianos, le otorgan un grado de valor y ética moral para permitirle al
comunicador identificar si a tales eventos les cabe el rango o no de
"noticia". El periodista británico Carl Warren propuso una lista
inicial de estos conceptos, que con el tiempo se extendió gradualmente gracias
al aporte de otros profesionales. Para mencionar algunos, están los de
actualidad, proximidad, suspenso, vida/muerte, trascendencia, entre otros. Pero
a mí particularmente me interesa detenerme en uno y abundar sistemáticamente en
su significado. Aludo a la valorización de " conflicto ", que el
autor (Warren) define como " toda información que suponga una disputa, una
pelea o un enfrentamiento", bajo la observación clínica de que esta
definición abarca principalmente a diferencias gremiales entre dos o más
organizaciones políticas, rivalidades institucionales, contiendas políticas y
deportivas, y eventos de la misma talla que se extienden a la uniformidad de lo
cotidiano. Hasta este punto no existen objeciones ni refutaciones. Pero el
británico añade indiscriminadamente episodios delictivos y catástrofes
naturales, y acá es donde yo discrepo contundentemente porque lo considero una
falencia inaceptable, al punto de diseminar arbitrariamente que todos los
eventos condensados en esa categorización son de naturaleza distinta. Yo
propongo entonces que se deleguen en otras dos ramificaciones, razonablemente
válidas desde mi enfoque profesional: por un lado, ilícitos, en donde se van a
agrupar hechos delictivos de diferente escala y gravedad, extensivos al ámbito
social, público y privado, sin discriminación de género y número. Además, por
regla general y por su concepción periodística y social manifiestamente
explícita, incluyo inexorablemente a los "accidentes", sean
automovilísticos, aéreos o marítimos; y por otro, lo que doy en llamar "
tragedias", cuya especificación aglomerara catástrofes naturales como
incendios forestales, aluviones, tsunamis, tifones, huracanes, tormentas inusitadas,
terremotos, erupciones volcánicas, y todo hecho de características similares.
Los incendios intencionales y todo evento producido con previa planificación y
alevosía, serán considerados ilícitos.
Para cerrar, sumaria un tópico más: insólitos, ya que estos hechos no
son reconocidos en ninguna de las divisiones establecidas. Entiendo por tales a
todo evento y/o circunstancia que disponga de un elemento que trascienda los límites
de la moral, a fin de promover una reacción curiosa y azorada en los demás, que
exacerbe la lógica colectiva y genere un punto de inflexión, ceñido de
características que resulten insoportablemente inverosímiles para la psicología
humana.
No hay comentarios:
Publicar un comentario